Confirman la condena de prisión en suspenso a un hombre que manoseó a una mujer en el subte

Lo confirmó la Cámara Nacional de Casación Penal. Había sido sentenciado a siete meses de prisión en suspenso por abuso sexual simple en 2015 durante un viaje en una formación de la línea C.

Con el voto de dos de los tres jueces que integran la Sala 3 de la Cámara Nacional de Casación Penal, se rechazó un recurso planteado por la defensa del hombre, que había considerado "arbitrario" el fallo que lo condenó a siete meses de prisión en suspenso por abuso sexual simple tras manoseó a una mujer en un subte.

Se trata de un hecho sucedido en agosto de 2015 en una formación de la línea C de subte, por el cual el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional N° 9 de la Capital Federal lo había condenado a siete meses de prisión en suspenso.

Los jueces consideraron que el Tribunal no había basado su razonamiento probatorio exclusivamente en el testimonio de la damnificada sino que "ponderó las características del relato, que permitían asignarle un valor elevado de credibilidad".

Los camaristas destacaron además que el Tribunal tomó en cuenta en su sentencia no sólo el testimonio de la víctima sino también el de los policías a los que la mujer había acudido en busca de ayuda. Al llegar a la estación, el hombre insistió en su actitud incluso con más fuerza, para luego alejarse rápidamente de ella.

Fue entonces que la víctima fue a recriminarle su actitud mientras solicitaba que se acercara algún policía para identificar al hombre.

En sus fundamentos, el Tribunal de primera instancia había ponderado que los casos de los delitos sexuales se llevan a cabo “en circunstancias aprovechadas, elegidas o predispuestas por el autor, fuera de la vista de eventuales testigos, y además, en la mayoría de los casos, la reconstrucción de lo sucedido depende del relato de quien aparece como víctima”.


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